KIT DIGITAL

Un programa del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital dirigido a pymes y autónomos, que te acompaña en tu proceso de transformación digital para que, gracias a la tecnología, puedas evolucionar y mejorar tu negocio.

El programa concede a la pyme un bono económico para invertir en las soluciones de digitalización disponibles.

La cuantía varía según el tamaño de la empresa y se organiza en tres segmentos:

  • – Segmento I: entre 10 y 49 trabajadores → 12.000 €
  • – Segmento II: entre 3 y 9 trabajadores → 6.000 €
  • – Segmento III: autónomos y micropymes con 1 o 2 trabajadores → 2.000 €

Puedes utilizar el bono en una o varias de las soluciones de digitalización disponibles. Estas son las categorías y el importe máximo subvencionable en cada una:

  • – Sitio web y presencia en internet: hasta 2.000 €
  • – Comercio electrónico: hasta 2.000 €
  • – Gestión de redes sociales: hasta 2.500 €
  • – Gestión de clientes: hasta 4.000 €

  • – BI y analítica: hasta 4.000 €
  • – Servicios de oficina virtual: hasta 12.000 €
  • – Gestión de procesos: hasta 6.000 €
  • – Factura electrónica: hasta 1.000 €
  • – Comunicaciones seguras: hasta 6.000 €
  • – Ciberseguridad: hasta 6.000 €

Las soluciones se contratan a precio de mercado, por lo que cada proveedor tecnológico establece sus propias tarifas. En consecuencia, una misma solución de digitalización puede presentar importes distintos según el proveedor.

El bono dispone de un límite máximo de financiación por cada categoría. Si el coste del servicio supera dicho límite, el bono cubrirá hasta el importe máximo subvencionable y la empresa deberá abonar la diferencia.

Ejemplo: en la categoría “Sitio web y presencia en internet”, el bono financia hasta 2.000 €. Si el servicio tiene un coste de 3.500 €, se descontarán 2.000 € del bono y se deberán pagar 1.500 € restantes.

Las empresas que ofrecen estas soluciones de digitalización se denominan Agentes Digitalizadores y deben estar homologadas por Red.es.

Próximamente podrás consultar el listado de Agentes Digitalizadores, las soluciones que ofrece cada uno y los disponibles en tu región. Ten en cuenta que el bono del Kit Digital solo puede utilizarse con empresas homologadas.

Si eres una empresa tecnológica y deseas homologarte como Agente Digitalizador, contacta con nosotros.

Por ahora, debes darte de alta en la página de Acelera Pyme, y realizar el test de autodiagnóstico digital (test de 13 preguntas). Es un requisito obligatorio.

Posteriormente saldrá una convocatoria para cada segmento, en la que se indicará qué información hay que presentar, y dónde hacerlo.

La primera convocatoria (pymes de 10 a 49 empleados) se podrá solicitar a partir de las 11:00 horas del 15 de marzo.

  • – Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
  • – Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
  • – Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
  • – No tener consideración de empresa en crisis.
  • – Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • – No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • – No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • – No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).

Cuando se publique cada convocatoria, se ampliará la información con los requisitos y condiciones específicos.

Nueva categoría de solución destinada a empresas del segmento III (0 a 3 empleados), con una cuantía subvencionable de 1.000 €, orientada a financiar un puesto de trabajo seguro, que incluye ciberseguridad, así como soporte y mantenimiento durante 12 meses.

Requisito: disponer previamente de un acuerdo de prestación de la solución validado.

Al finalizar el servicio, el dispositivo podrá devolverse al Agente Digitalizador o adquirirse mediante un pago adicional, con un límite máximo del 15% del importe del acuerdo firmado.

Más info sobre el puesto de trabajo seguro

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